Certificados energèticos

 

A partir de ahora por inscribir a un edificio de obra nueva se exigirà un certificado de eficiencia energética. Este certificado nos cualificarà la vivienda segun su eficiéncia siendo clase A la mas eficiente i la G la menos eficiente.  (Artículo 20 del texto refundido de la Ley de Suelo, aprobado por el Real Decreto 2/2008 de 20 de junio).

Los parametros que se tienen en cuenta por determinar la eficiéncia de las viviendas son los siguentes:

 

- Capacidad de aislamiento de los cerramientos tanto los practicables como los fijos. Condicionado por los materiales aislantes utilizados en la obra i el tipo de cerramiento instalados.

-Rendimento del equipo de calefacción y su eficiéncia y el tipo de combustible que utiliza.

- Rendimento del equipo de refrigeración y su eficiéncia.

- Rendimento del equipo generador de agua caliente sanitaria y su eficiència. Contribución solar en la producción de agua caliente.
 

Nuestro equipo de arquitectos puede hacer vuestro estudio energètico y pueden orientaros sobre los aspectos a mejorar.